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Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas N°9635

  • Foto del escritor: Manuel Rodríguez (Socio)
    Manuel Rodríguez (Socio)
  • 31 mar 2020
  • 1 Min. de lectura

Estimados clientes les deseamos un muy buen día, y queremos informarles que La Ley de Fortalecimiento , que entró a regir a partir del 1 de julio de julio de 2019, incluyó modificaciones al periodo fiscal del impuesto sobre las utilidades, y al ser de un año, ahora inicia a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, por lo que los pagos parciales sobre las utilidades se deberán realizar de la siguiente manera: • El primer pago parcial, seis meses después de iniciar el periodo fiscal (último día hábil del mes de junio). • El segundo pago parcial, nueve meses después de iniciar el periodo fiscal (último día hábil del mes de setiembre). • El tercer pago parcial, 12 meses después de iniciar el periodo fiscal (último día hábil del mes de diciembre). Cualquier duda o consulta quedamos a sus enteras órdenes!


Manuel Rodríguez Fuentes

Proactiva MRF & Asociados


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